lunes, 4 de abril de 2011







Los fondos de inversión financieros son patrimonios invertidos en activos financieros propiedad de un conjunto de inversores denominados partícipes. El fondo carece de personalidad jurídica, y de su administración, gestión y representación se ocupa una sociedad gestora, que percibe una comisión por sus servicios.

Estas sociedades gestoras se encargarán de:

- Gestionar los activos que se adquieren con las aportaciones de los partícipes.

- Comercializar las participaciones del fondo

- Atender a la suscripción y reembolso de las participaciones, así como a su valoración diaria

- Redactar el reglamento de gestión del fondo e informar a la CNMV.

- Atender las quejas y reclamaciones de los partícipes.

- Realizar los contratos que sean necesarios para la actividad del fondo.



Los valores, los activos financieros y el dinero efectivo del fondo se encuentran depositados en una entidad depositaria. Esta, se ocupa de realizar cobros y pagos derivados de la actividad del fondo, además de custodiar todos los valores que constituyen su cartera de inversión. Por su actividad, estas entidades cobran una comisión de depósito.

En cuanto a la clasificación de fondos de inversión, podemos agruparlos inicialmente en dos categorías,

- Fondos de acumulación, que suman o restan al importe de la participación los incrementos o disminuciones patrimoniales conseguidos con la gestión de los activos financieros; de este modo, el valor de la participación aumenta o disminuye conforme lo hace el valor patrimonial del fondo. En nuestro país la inmensa mayoría de fondos es de acumulación

- Fondos de reparto. Distribuyen periódicamente entre los partícipes los incrementos de valor que experimente su patrimonio. Los partícipes de estos fondos reciben cada cierto tiempo la renta que producen.

Si atendemos a la composición de la cartera de inversión que tiene cada fondo, y al riesgo del mismo, podemos clasificar:

- Fondo de dinero, los activos de estos fondos están formados por títulos de renta fija públicos o privados a muy corto plazo. En su cartera también hay cesiones temporales de activos, que se trasforma rápidamente en dinero líquido y cuentas bancarias, que la depositaria suele remunerar. Los fondos de dinero son muy poco volátiles, por lo que conllevan escaso riesgo, siempre que inviertan en entidades de elevado rating y lo hagan en euros. Evidentemente su rentabilidad es muy pequeña, similar al tipo de intereses de las letras del tesoro.

- Fondo de renta fija. Estos fondos son a corto plazo si el vencimiento medio de los activos está en torno a los dos o tres años, o a medio y largo plazo para vencimientos medios superiores.



La volatilidad de los fondos de renta fija depende la evolución de los tipos de interés. Sil os activos del fondo son fundamentalmente a interés fijo y los tipos de interés del mercado suben, la participación se suele depreciar. En caso de que los tipos del mercado desciendan, se produce el efecto contrario y el precio de las participaciones tiende a subir. Cuando gran parte de la cartera está invertida en bonos a interés variables el efecto de volatilidad es muy inferior, ya que el tipo de interés de los bonos de la cartera se adapta progresivamente al del mercado.



La volatilidad es más fuerte en las carteras a largo y medio plazo que en las que invierten a corto plazo este hecho se debe a que en las carteras a corto plazo existe una renovación rápida de los titulo, de modo que ante una subida de tipos del mercado, aunque el valor efectivo de los bonos del fondo disminuya, pronto se producen vencimiento, y la gestora puede recomprar nuevos bonos a tipo de interés más elevado. El efecto contrario se produce ante un descenso de los tipos del mercado. De hecho muchos fondos de renta fija a corto plazo, se comportan prácticamente como fondos de dinero.

El resto de riesgos de estos fondos de crédito o de tipo de cambio, si se invierte en otras divisa. El riesgo de crédito se controla mediante el rating de los títulos y de las entidades que los emiten.

- Fondos de renta fija mixta. Invierte la mayor parte de su cartera en valores de renta fija y un pequeño porcentaje en acciones. Se trata de fondos más volátiles que los anteriores, dado que la renta variable hace oscilar el valor de las participaciones con mayor intensidad que la renta fija. Este tipo de inversión se aconseja a personas conservadoras cuando el mercado bursátil tiene tendencias alcistas. Aprovechan moderadamente las subidas de la bolsa y la renta fija amortigua las bajadas.

- Fondos de renta variable mixta. Tiene un elevado porcentaje e renta variable y una parte de su cartera en renta fija. Son fondos bastante volátiles y por lo tanto dirigidos a inversiones que asumen cierto nivel de riesgo. Convienen invertir en ellos cuando las bolas están muy bajas y apuntan tendencia alcista. La inversión debe plantearse a largo plazo y con dinero que no se va necesitar de forma inmediata, de modo que si se produce una pérdida de valor en las participaciones, siempre se pueda esperar una subida de los mercados.

- Fondos de renta variables. La mayor parte o la totalidad de la cartera de estos fondos la forman acciones. Se trata de fondos muy volátiles y arriesgados que pueden deparar en importantes ganancias o pérdidas.



Todos estos fondos también pueden invertir en opciones, futuros, warrants, así como realizar swaps y otras técnicas de ingeniería financiera, con la finalidad de cubrir riesgos u obtener mayores rentabilidades.



- Fondtesoros. Se trata de fondos que colocan una parte sustancial de su cartera en deuda pública; su riesgo es pequeño y depende del tipo de deuda que adquieran, el riesgo es menor si invierten en letras, que si lo hacen en bonos y obligaciones.

- Fondos de inversión cotizados. Una de las novedades del reglamente de la nueva ley de instituciones de Inversión Colectiva son los fondos cuyas participaciones pueden cotiza en bolsa. Para que esta cotización sea posible, los fondos deben cumplir, entre otras, las siguientes condiciones: respetar las normas para admisión la cotización en bolsa, intentar reproducir algún índice bursátil, obtener autorización de la CNMV

- Fondos de Instituciones de Inversión Colectiva alternativa y de alto riesgo que el reglamento de IC denomina fondos de inversión libre. Esta modalidad de fondos h ha sido autorizada por el nuevo reglamento y se conocían como hedge funds; su política de inversión se basa en técnicas agresivas de ingeniería financiera, que permiten obtener elevadas rentabilidades incluso cuando los mercados bursátiles caen, pero con riesgo de importantes pérdidas.

- Fondos de inversión inmobiliarios. Nacen para financiera la construcción de viviendas de alquiler, el activo donde han de invertir al menos de 90% del dinero que reciben de sus partícipes. El riesgo de esta modalidad de inversión está directamente ligado al del sector inmobiliario; un exceso de oferta de vivienda podría hacer perder valor a las participaciones de los FII.



Ahora hablaremos un poco sobre las omisiones y gastos de los fondos de inversión.

Las entidades que intervienen en la gestión y depósito de los fondos de inversión obtienen ingresos mediante el cobro de diferentes clases de comisiones. A veces, no se cobran todas y su importe varía según la gestora o depositario, el tipo de fondo o la inversión mínima elegida.

Muchas veces, en la rentabilidad que obtienen lo partícipes, influyen mucho dichas comisiones, sobre todo la de os fondos de dinero y las de los FIM de renta fija.

La comisión de suscripción la percibe la entidad que comercializa el fondo cuando se compran las participaciones; no obstante, para incentivar la comercialización del producto, la mayoría de los fondos carecen de esta comisión.la comisión de gestión la cobra la gestora del fondo. Es un gasto que existe siempre y que no aparece explícitamente en el valor de la inversión del partícipe; éste solo puede apreciar cómo evoluciona el valor de sus participaciones sin distinguir la comisión que la gestora deduce directamente del patrimonio del fondo cada cierto tiempo.

La comisión de depósito, también existe siempre y la cobra la entidad depositaria del fondo sobre su patrimonio. Como en el caso de la comisión de gestión, el participe solo la ve reflejada en el informe que cada cierto tiempo le remite la gestora.

Con frecuencia, la compañía que comercializa el fondo, percibe una comisión de reembolso al reintegrar al participe la totalidad o parte de su inversión



Y por último, vamos a hacer mención al tratamiento fiscal de los fondos de inversión.

El reembolso de participaciones de los fondos de inversión tributa como incremento o disminución patrimonial en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas. Cuando no se venden las participaciones, los incrementos y disminución que se produzcan en su valor, no tributan. Este incremento de valor se calcula restando al importe de venta de las participaciones, su precio de coste y las comisiones de reembolso. Si se liquidan participaciones adquiridas a distintos precios, para el cálculo del precio de coste se utiliza el método FIFO, esto es, primero se consideran las más antiguas y después las adquiridas más recientemente a su precio de compra.

Si el plazo de generación del incremento patrimonial obtenido no supera un año, dicho incremento tributa en la parte general de la base imponible al tipo que corresponda al contribuyente en la escala del IRPF. Por el contario, cuando el plazo de generación del incremento supera el año, ésta tributa en la parte especial de la base imponible al tipo fijo del 15% cualquiera que sea la renta del contribuyente. Las citadas ganancias están sometidas a una retención del 15%

Las pérdidas que se originan en el reembolso de participaciones se compensan con las ganancias patrimoniales producidas, separando las minusvalías que se incluyen en la parte general de la base imponible y las que incluyen en la parte especial.

En el caso de que después de la compensación queda un saldo negativo; éste se puede compensar con los incrementos patrimoniales de los cuatro años siguientes. Cuando se traspasa la inversión de un fondo a tora, de la mima o de distinta gestora, no se pagan impuesto por los incremento patrimoniales originados.


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