miércoles, 6 de abril de 2011

WARRANTS





Los warrants son opciones negociables que cotizan en las Bolsas de valores. Otorgan a su poseedor el derecho, pero no la obligación, mediante el pago de una prima, a comprar (call warrant) o vender (put warrant) una cantidad determinada de un activo (activo subyacente) a un precio prefijado (precio de ejercicio o strike) a lo largo de toda la vida del mismo o en su vencimiento. Dichos valores son emitidos por una entidad a un plazo determinado.Los warrants de compra (call) dan el derecho a su tenedor a comprar una cantidad determinada del activo subyacente al precio de ejercicio establecido. Se adquirirá este tipo de warrants cuando el inversor tenga la expectativa de que el activo subyacente vaya a subir. Los warrants de venta (put) dan derecho a su tenedor a vender una cantidad determinada del activo subyacente al precio de ejercicio estipulado. Este tipo de warrants se adquirirán cuando exista la expectativa de que el activo subyacente vaya a disminuir.

Los warrants se caracterizan por ser valores agrupados en emisiones realizadas por una entidad y representados mediante anotaciones en cuenta que cotizan en un mercado organizado. Los warrant se encuadran dentro de la categoría de las opciones, dentro de este mercado se diferencian de las opciones contratadas por ejemplo en el Mercado Español de Futuros Financieros de Renta Variable. Las diferencias básicas son las siguientes:

  • El plazo de vencimiento. Las opciones del Mercado tiene un plazo máximo de un año, mientras que los warrants pueden tener un plazo mayor. 

  • Liquidez. Los warrants suelen gozar de mayor liquidez, puesto que las entidades emisoras se encargan de que esta exista. En las opciones negociadas, la liquidez depende del mercado. 


ACTIVOS SUBYACENTES

Existen warrants sobre los siguientes activos subyacentes:

- Acciones españolas y extranjeras.
- Índices bursátiles nacionales e internacionales.
- Tipos de cambio (divisas).
- Otros (cestas de acciones, tipos de interés, obligaciones, materias primas, etc.).



PRECIO WARRANTS

El emisor del warrant fija el precio de ejercicio y la prima que se ha de pagar por cada warrant en el momento en que se emite

Los títulos warrant puede son utilizados por las empresas cuando estas tienen un sobrante de capital y desean invertir en títulos o cuando espera que sus rendimientos futuros esperados basados en los activos obtengan un flujo final positivo frente a la negociación warrant.

Dentro de este aspecto entra a jugar un papel importante la toma de decisiones realizadas por el administrador financiero ya que puede plantearse la inversión en warrants con la intención de mantenerlos hasta el final del contrato y obtener el beneficio primario o por el contrario con la intención de mantenerlos durante un periodo más corto, gracias a la posibilidad que ofrecen de ser comprados y vendidos en el mercado para obtener un beneficio mayor.

CLASES DE WARRANT

Los warrants son productos financieros complejos, de ahí que el problema a la hora de definir qué es un warrant se acreciente ante la cantidad de modalidades de valores negociables que llevan esa denominación.

  • Warrants de compra 

Estos le dan derecho a su tenedor a comprar el activo al precio de ejercicio. La liquidación se produce, si es positiva, entre la diferencia entre el precio de liquidación y precio de ejercicio.

  • Warrants de venta 

Estos le dan derecho a su tenedor a vender el activo al precio de ejercicio. La liquidación se produce, si es positiva, entre la diferencia ente el precio de ejercicio y el precio de liquidación.

  • Warrants a la Europea 

El derecho que incorporan solo puede ser ejercido en una fecha determinada que es la fecha de vencimiento del warrant.

El inversor podría obtener beneficios cuando el precio de los activos aumente considerablemente, pero casi nunca pierde, ya que si el precio de estos baja el tomara la decisión de no adquirir el activo.

  • Warrants a la Americana 

El derecho que incorporan puede ser ejercido durante toda la vida del warrant hasta su vencimiento.

  • Warrants "Bermudas" 

El derecho que incorporan se puede ejercitar en varias fechas determinadas a lo largo de la vida del warrant, incluida la fecha de su vencimiento.

  • Warrants sobre índices 

Estos pueden ser warrants de compra sobre índices y warrants de venta sobre índices. Los primeros dan al titular adquirente derecho a percibir la diferencia en efectivo, si existe, entre el valor del índice en la fecha de ejercicio y el valor estimado del mismo en las condiciones de la emisión. El titular de un warrant de venta sobre índices adquiere el derecho a percibir la diferencia en efectivo, si existe, entre el precio estimado al inicio de la emisión y el valor del índice en la fecha de ejercicio.

FECHA DE VENCIMIENTO

Es la fecha en la que el Warrant expira, termina su vida y se produce el ejercicio automático. Los Warrants no se pueden negociar en la fecha de vencimiento. En general, el último día de negociación de los mismos, será la anterior sesión bursátil.

En la fecha de vencimiento se toma la referencia del Activo Subyacente, generalmente el cierre oficial en su Bolsa de origen, que va a servir para calcular el Importe de Liquidación del Warrant.

Si los Warrants son de tipo americano significa que se pueden ejercer en cualquier día desde el momento de su emisión y hasta el vencimiento. Por el contrario, un Warrant de estilo europeo sólo puede ejercerse el día de vencimiento, como se vio anteriormente.

Generalmente, los Warrants tienen un vencimiento entre varios meses y dos años desde el momento de la emisión, siendo la gama de vencimientos muy amplia.

Siempre existirá un vencimiento que se adapte al horizonte de inversión o cobertura del inversor.







Bibliografía:

http://www.muchapasta.com/b/warrants/warrants.php

http://es.wikipedia.org/wiki/Warrant_(finanzas)

http://www.bolsamadrid.es/esp/mercados/warrants/wqueson.htm

http://www.gestiopolis.com/canales/financiera/articulos/35/warrants.htm

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